Revista
de Relaciones Laborales, nº 7
"Reflexiones y preguntas sobre el acoso psicológico laboral o “mobbing”:
Constitución
y acoso moral
Este trabajo pretende llamar la atención sobre la reflexión
jurídica realizada hasta el momento en nuestro país sobre el acoso moral
en el trabajo. La propuesta de fundamentación de la tutela frente al
mismo, en el artículo 35 de la Constitución, persigue acentuar el
carácter unitario de esta nueva figura. Ello, frente a la atención,
hasta ahora prevalente, en las formas de manifestación del acoso, que, en
nuestra opinión, debilitaba la reacción jurídica.
Revista Electrónica de
Ciencia Penal y Criminología, CONCRECIÓN
DEL CONCEPTO JURÍDICO DE "MOBBING", BIEN JURÍDICO LESIONADO Y
SU TUTELA JURÍDICO-PENAL
En este artículo se trata de demostrar que la gravedad de las
conductas de acoso moral en el trabajo precisa, además de una primera
intervención laboral, de un determinado tratamiento jurídico penal que
habría de contribuir a una toma de conciencia no sólo social, sino
también jurisprudencial. La materia se aborda desde una triple
perspectiva: la delimitación de los contornos jurídicos del bien
jurídico-penal lesionado tras la comisión de estas prácticas; la
configuración del sustrato material y de los elementos integrantes del
concepto jurídicopenal de "mobbing"; y, por último, un
análisis sobre la necesidad o no de configurar un tipo específico
sancionador de estos comportamientos.
Revista de Relaciones Laborales, nº 7
"Reflexiones y preguntas sobre el acoso psicológico laboral o “mobbing”:
Acoso
moral y doctrina judicial. Consideraciones sobre el actual modelo judicial
de tutela frente el acoso moral
El presente estudio tiene como
objetivo el realizar una primera aproximacion clasificatoria a los
primeros pronunciamientos emitidos por los tribunales a propósito de
situaciones caracterizadas como acoso moral, psíquico o mobbing. Se trata
de analizar, a la luz de los materiales recopilados, el nivel de respuesta
que el ordenamiento jurídico garantiza hoy por hoy, en defecto de
normativa específica, en orden a la tutela de las potenciales víctimas
de aquellas conductas.
Procedimientos
legales
Es obligación de la empresa el ofrecer una protección eficaz en
seguridad y salud a sus trabajadores conforme al art. 14 de la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales (LPRL, 1995).
Mobbing:
Aspectos sociológicos y jurídicos del problema
Artículo doctrinal de Jesús Morant
Vidal, Juez sustituto y Profesor asociado del I.V.A.S.P.
Dossier
sobre aspectos psicológico-jurídicos del mobbing
Varios artículos sobre aspectos psicológico-jurídicos del mobbing: la vía
penal en el tratamiento del mobbing, mobbing y movimiento asociativo,
mobbing y estado de derecho.
Mobbing
- La Ley
Entrevistas, reportajes sobre los aspectos legales y judiciales del
mobbing,sentencias, etc.
Mobbing.
Legislación
El último paso en la prevención tiene en consideración la regulación
legislativa que protege los derechos de los trabajadores ante los
tribunales de justicia. Se han defendido dos tipos de protección en la
Unión Europea en los últimos tiempos. Hay países que han legislado
específicamente sobre el mobbing o la violencia en el trabajo y otros
creen que estas conductas pueden ser perseguidas y castigadas utilizando
la legislación ya existente en el estado.
LA
LEY AL SERVICIO DE LA VÍCTIMA DE MOBBING
Un tema realmente preocupante en el ámbito de las relaciones laborales en
este siglo está siendo la proliferación de personajes que, empleando su
poder, destrozan la vida, la familia, la salud y la dignidad tanto
personal como profesional de las personas que – por desgracia – se
cruzan en su camino. En España no existe, por ahora, ninguna le y
específica al respecto, lo que no impide que la víctima de mobbing esté
amparada por varios preceptos de nuestro ordenamiento jurídico. Este
trabajo es una recopilación de toda la legislación española aplicable a
los casos de mobbing, la jurisprudencia existente hasta el momento y las
sentencias más relevantes en este campo.
LA
ESPIRAL JURIDICA DEL MOBBING
Interpretación jurídica del acoso para un cambio social. Por MªJosé
Blanco Barea. Javier López Parada.